El Canal Ético y de Buen Gobierno del Ayuntamiento de Torre Pacheco

Es la vía de acceso al Sistema interno de información, previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

El Canal Ético y de Buen Gobierno se crea para ofrecer una vía de comunicación segura que permita tener conocimiento de cualquier acción u omisión que pueda ser constitutiva de infracción penal o administrativa grave o muy grave, incluidas aquellas que supongan un perjuicio económico, para la Hacienda Pública o para la Seguridad Social, así como cualquier acción u omisión que pueda constituir una infracción del Derecho de la Unión Europea,  con los requisitos que establece el art. 2 de la Ley 2/2023.

Además, tiene como finalidad otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre las infracciones anteriores y que actúan como denunciantes y, por ello, desempeñan un papel clave a la hora de descubrir y prevenir esas infracciones y de proteger el bienestar de la sociedad.

El Canal Ético y de Buen Gobierno ofrece mecanismos para garantizar la confidencialidad de todas las informaciones y el anonimato si así se desea. Es un espacio de comunicación seguro para mantener el contacto con el órgano gestor y conocer el estado de tramitación, aún en los supuestos anónimos. Se quiere favorecer que cualquier persona, de las contempladas en el art. 3 de la Ley 2/2023 pueda facilitar la información, sin sufrir represalias. No obstante, también incorpora herramientas para garantizar los derechos de las personas a las cuales se atribuye la conducta presuntamente infractora.

Al garantizar la confidencialidad y el anonimato, es el canal prioritario de admisión de comunicaciones relacionadas con malas prácticas en el Ayuntamiento de Torre Pacheco.  Para otro tipo de comunicaciones se utilizarán los canales habituales de comunicación con la administración, tales como el Registro General  (en las oficinas de atención ciudadana y OMITAS), correo electrónico, por correo postal o de manera telefónica o presencial.

Esta aplicación es el canal prioritario de admisión de las comunicaciones ya que es el único que garantiza la confidencialidad y permite el anonimato de las comunicaciones durante todo el proceso.

Acceso al Canal Ético y de Buen Gobierno