El Ayuntamiento de Torre-Pacheco, en Pleno celebrado en sesión ordinaria con fecha 29/05/2014, acordó su adhesión a la plataforma electrónica «FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas» de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, prevista en la ley 25/2013 , de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

La citada ley, determina en su artículo 4, que a partir del día 15 de enero de 2015 los proveedores de las administraciones públicas, deberán facturar obligatoriamente en formato electrónico, salvo que se trate de personas físicas o el importe de la factura sea inferior 5000 euros, en cuyo caso podrán hacerlo de forma opcional.

¿Qué es la Factura Electrónica?

Una factura electrónica es, ante todo, una factura. Es decir, tiene los mismos efectos legales que una factura en papel.

Una factura electrónica es el equivalente funcional de la factura de papel con la diferencia de que se expide y recibe en formato electrónico.

Se trata de un fichero informático con un formato determinado que irá firmado digitalmente mediante certificados electrónicos reconocidos.

Para más información, puede consultar la web www.facturae.gob.es

¿Cómo presentar una Factura Electrónica?

A continuación se muestran los requisitos y los pasos necesarios, para poder presentar una factura electrónica en el Ayuntamiento de Torre-Pacheco:

1.- Los proveedores deberán presentar las facturas en formato facturae 3.2.

Existen multitud de aplicaciones de facturación que facilitan la generación de facturas con dicho formato.

Puede utilizar el software gratuito que ofrece el Ministerio de Hacienda y que se puede descargar desde: http://www.facturae.gob.es

Otra opción recomendable por su sencillez de uso y manejo es el portal de e-facturación que ha desarrollado la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Fundación Integra. Puede encontrar más información sobre dicho portal en https://facturae.cecarm.es

2.- Es importante tener en cuenta que una vez que esté conformando la factura, se debe indicar el departamento al que va dirigida, así como el número de contrato en caso de que ésta lo requiera.

3.- Una vez creada la factura en formato facturae 3.2, deberá firmarla con un certificado que sea aceptado por la plataforma @firma. Si usa el portal de e-facturación mencionado anteriormente, podrá firmar las facturas directamente desde el propio portal sin necesidad de herramientas externas, e incluso subirlas a FACe. La aplicación del Ministerio también permite firmar las facturas.

4.- Para que la factura electrónica llegue correctamente a la administración pública a la que se destina, deberá indicarlo a la hora de conformar dicha factura. En concreto, hay que indicar tres códigos: Oficina contable, Órgano Gestor y Unidad Tramitadora. En el caso del Ayuntamiento de Torre-Pacheco, estos códigos son:

Oficina Contable Órgano Gestor Unidad Tramitadora
L01300373
Intervencion Municipal
L01300373
Area de Hacienda
L01300373
Unidad de Contabilidad

5.- Una vez generada y firmada la factura, está en disposición de poder enviarla y para ello dispone de varios métodos:

– A través del portal web de FACe que ofrece el ministerio: https://face.gob.es/#/es/facturas/remitir-factura. El portal solicita una dirección de correo electrónico para notificaciones, el fichero facturae y un fichero adjunto (opcional).

– Desde el programa gratuito que ofrece el ministerio, que enlaza directamente con FACe

– Desde el portal de e-facturación de la CARM mencionado, que enlaza directamente con FACe

6.- Los proveedores podrán consultar el estado de tramitación de sus facturas accediendo al mismo portal de FACe donde se remiten: https://face.gob.es/#/es. Asi mismo, desde el Portal del Proveedor del Ayuntamiento de Torre-Pacheco, podrá consultar información detallada de las facturas electrónicas que presente por FACe y de las facturas que presente en formato papel a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento.

7.- FACe notificará al proveedor por correo electrónico de los cambios de estado de las distintas facturas presentadas.

Formato de la Factura Electrónica

A partir del 15-1-15, conforme a la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, las facturas que se remitan a las Administraciones Públicas serán electrónicas y se ajustarán al formato estructurado de factura electrónica Facturae versión 3.2.x con firma electrónica XAdES, éste es un esquema diseñado conjuntamente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Centro de Cooperación Interbancaria.

Más información sobre Facturae en: http://www.facturae.gob.es/paginas/Index.aspx

En la plataforma FACe se encuentra toda la información necesaria para que los proveedores remitan sus facturas electrónicas y realicen el seguimiento de su tramitación, así como el listado de las unidades orgánicas.

Enlaces de interés

  • Que es la Factura Electrónica

http://www.facturae.gob.es/Paginas/index.aspx

  • Portal envío facturas por parte del proveedor

https://face.gob.es/#/es/facturas/remitir-factura

FACE
  • Documentación aplicación gratuita para generar factura e 3.2

http://www.facturae.gob.es/formato/Paginas/descarga-aplicacion-escritorio.aspx

  • Portal de Facturación Electronica de la CARM

https://facturae.cecarm.es

Portal de facturacion electrónica CARM
  • Aplicación gratuita para generar factura e 3.2

http://www.facturae.gob.es/formato/Paginas/descarga-aplicaciones.aspx

  • Documentación para desarrollar los webservices ofrecidos por FACe

http://administracionelectronica.gob.es/es/ctt/face