¿Sabes que puedes pagar el recibo de IBI en dos plazos? Y además tienes bonificación………. Puedes con el SISTEMA ESPECIAL DE PAGO (art.9 O.F.IBI)

  • No existe límite de recibos por contribuyente, puedes acogerte con todos los recibos que figuren a tu nombre.
  • Se abona en dos partes:
  1. Un primer pago se realiza el 30 de junio, donde pagas el 50% del recibo.
  2. Un segundo pago se realiza el ultimo día del periodo en voluntaria, con un bonificación del 5% del importe total del recibo. (Limite bonificación 60 euros por recibo)

¿Qué documentación hace falta?

  • Tramite de alta Sistema Especial de pago IBI  o en Registro General del Ayuntamiento.
  • Nº Cuenta bancaria (20 digitos)

¿Dónde se presenta?

  • En el Registro General del Ayuntamiento hasta el 30 de abril.

¿Puedo anular el SISTEMA ESPECIAL DE PAGO?

  • Con el Tramite de baja Sistema Especial de pago IBI o en Registro General del Ayuntamiento hasta el 30 de abril.