¿Sabes que puedes pagar el recibo de IBI en dos plazos? Y además tienes bonificación………. Puedes con el SISTEMA ESPECIAL DE PAGO (art.9 O.F.IBI)
- No existe límite de recibos por contribuyente, puedes acogerte con todos los recibos que figuren a tu nombre.
- Se abona en dos partes:
- Un primer pago se realiza el 30 de junio, donde pagas el 50% del recibo.
- Un segundo pago se realiza el ultimo día del periodo en voluntaria, con un bonificación del 5% del importe total del recibo. (Limite bonificación 60 euros por recibo)
¿Qué documentación hace falta?
- Tramite de alta Sistema Especial de pago IBI o en Registro General del Ayuntamiento.
- Nº Cuenta bancaria (20 digitos)
¿Dónde se presenta?
- En el Registro General del Ayuntamiento hasta el 30 de abril.
¿Puedo anular el SISTEMA ESPECIAL DE PAGO?
- Con el Tramite de baja Sistema Especial de pago IBI o en Registro General del Ayuntamiento hasta el 30 de abril.